Dilema Ético
Caso Reficar
La Refinería de Cartagena SAS es una de las principales
industrias del Caribe colombiano. se dedica a procesar el petróleo con el
objetivo de producir combustibles, gases y productos industriales tanto para el
mercado nacional como internacional.
El caso de Reficar se convirtió en gran noticia de
corrupción más relevante en la historia de Colombia, generando pérdidas por un
monto superior a los 8.016 millones de dólares. A continuación, presentamos y
explicamos los hechos más importantes de este este caso.
Hechos Relevantes:
· El inicio de la Refinería: En 1957, Exxon construyó la refinería en para la producción de combustibles.
· Adquisición por Ecopetrol: En 1974, Ecopetrol adquirió la refinería, pasando a ser propiedad estatal.
· Necesidad de Modernización: En los años 90, Colombia realizo una debido a la creciente demanda nacional e internacional de productos derivados del petróleo.
· Ampliación y Modernización: En 2006, se amplió y se modernizo la refinería, Glencore adquirió el 51% de las acciones.
· Retiro de Glencore: En 2009, Glencore se retiró del proyecto, dejando a Ecopetrol con el 100% de las acciones de Reficar.
· Contrato con Chicago Bridge & Iron Company: En 2007, las directivas de Reficar eligieron a la empresa Chicago Bridge & Iron Company para llevar a cabo la expansión y reforma del complejo bajo un contrato "llave en mano".
· Problemas de Financiamiento: En 2013, Ecopetrol informó dificultades de financiamiento que amenazaban con dejar el proyecto incompleto. Por tal motivo se aprobó aumentó el presupuesto de 2.000 millones de dólares.
· Retrasos y Sobrecostos: La edificación de la refinería, inicialmente culminaba en 2 años, pero su plazo se alargó a 6 años por lo cual aumentaron sus con sobre costos significativos que superaron el 50%.
· Inauguración: En el 2015, el en aquel tiempo el presidente Juan Manuel Santos inauguró oficialmente la refinería, ocho años después del inicio del contrato.
· Auditoría de la Contraloría: en ese momento se realizó un seguimiento exhaustivo por parte de la Contraloría debido al aumento de los costos y retrasos en el proyecto.
·
Corrupción Revelada: Se evidencio que
parte del dinero destinados al proyecto se utilizaron indebidamente, incluyendo
gastos en viajes al extranjero y fiestas con mujeres. Además, se identificaron
salarios inusualmente altos en la nómina.
·
Lugares Relevantes:
· Refinería de Cartagena SAS: Ubicada en Cartagena, lugar donde ocurrió la expansión y modernización.
· Colombia: El país donde se encuentra la refinería y donde se desarrollaron los eventos relacionados con Reficar.
· Exxon: La empresa que construyó inicialmente la refinería en 1957.
· Ecopetrol: empresa de petróleo de Colombia, que adquirió la refinería en 1974 y luego se hizo cargo de su expansión y modernización.
· Glencore: La empresa que inicialmente participó en la expansión de Reficar antes de retirarse.
· Chicago Bridge & Iron Company: La empresa contratada para llevar a cabo el proyecto de expansión y modernización de Reficar.
·
Contraloría: La entidad encargada de
llevar a cabo a cabo auditorías y controles financieros en Colombia.
Involucrados
En este caso de
corrupción relacionado con Reficar, estuvieron involucrados funcionarios reconocidos que la fiscalía
citó para asumir acusaciones legales. Entre ellos están: Felipe Castilla y
Orlando Cabrera, quienes ocupaban cargos de altos directivos en la Refinería de
Cartagena SAS; Fueron acusados de cometer el delito de celebrar contratos sin
cumplir los requisitos legales adecuados. Este hecho se anunció en el año 2016,
y comenzaron a verse descubiertos en el 2017. Durante este período, se desviaron
fondos públicos, lo que llevó a estos individuos a estar involucrados en el
caso Reficar.
· Orlando José Cabrales Martínez, expresidente de Reficar, por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, bajo la modalidad de coautor.
· Carlos Alberto Lloreda Silva, ex revisor fiscal de Reficar, quien está siendo procesado por los delitos de falsedad ideológica en documento público, peculado por apropiación en favor de terceros, bajo la modalidad de cómplice
·
Felipe Arturo Laverde, por interés indebido en la celebración de contratos,
peculado por apropiación en favor de terceros y enriquecimiento ilícito de
particulares en favor de terceros.
Otros involucrados
Entre otras personas relacionadas han sido:
Javier Genaro Gutiérrez, Diana Constanza Calixto Hernández, Henry Medina
González y Hernando José Gómez Restrepo. Por otra parte la
contraloría hallo fiscalmente responsables a los contratistas Chicago
bridge & iron Company, CBI colombiana, Foster wheeler usa
corporación también responsables a las compañías de seguro como
Compañía Aseguradora de Finanzas S.A., Y AXA Colpatria Seguros S.A.
Cuestionamientos
Se vieron incumplido varios códigos de éticas los principales como:
Integridad – Sección 110
110.1 El
principio de integridad obliga a todos los profesionales de la contabilidad a
ser francos y honestos en todas sus relaciones profesionales y empresariales.
La integridad implica también justicia en el trato y sinceridad.
110.2 El
profesional de la contabilidad no se asociará a sabiendas con informes,
declaraciones, comunicaciones u otra información cuando estime que la
información:
(a)
Contiene una afirmación materialmente falsa o que induce a error,
(b)
Contiene afirmaciones o información proporcionada de manera irresponsable, o
(c)
Omite u oculta información que debe ser incluida, cuando dicha omisión u
ocultación induciría a error.
Cuando el
profesional de la contabilidad tenga conocimiento de que está asociado con
información de ese tipo, deberá tomar las medidas necesarias para desvincularse
de la misma.
110.3 No se
considerará que el profesional de la contabilidad ha incumplido el apartado
110.2
si el profesional de la contabilidad emite un informe con opinión modificada
con respecto a una cuestión mencionada en el apartado 110.2.
Objetividad- Sección 120
120.1 El principio de objetividad obliga a todos los
profesionales de la contabilidad a no comprometer su juicio profesional o
empresarial a causa de prejuicios, conflicto de intereses o influencia indebida
de terceros. 120.2 El profesional de la contabilidad puede estar expuesto a
situaciones que pudieran afectar a la objetividad. No resulta factible definir
y proponer una solución para todas esas situaciones. El profesional de la contabilidad
no prestará un servicio profesional si una circunstancia o una relación afectan
a su imparcialidad o influyen indebidamente en su juicio profesional con
respecto a dicho servicio.
Comportamiento profesional – Sección 150
150.1 El principio de comportamiento profesional
impone la obligación a todos los profesionales de la contabilidad de cumplir
las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y de evitar cualquier
actuación que el profesional de la contabilidad sabe, o debería saber, que puede
desacreditar a la profesión. Esto incluye las actuaciones que un tercero con
juicio y bien informado, sopesando todos los hechos y circunstancias conocidos
por el profesional de la contabilidad en ese momento, probablemente concluiría
que afectan negativamente a la buena reputación de la profesión.
Sanciones
La Contraloría General de la República ha emitido una decisión de responsabilidad fiscal en el caso Reficar, en la que se impone una sanción de 2,9 billones de pesos a cinco exfuncionarios de la empresa, incluyendo dos expresidentes, siete miembros de la junta directiva y cuatro contratistas. .
Esta sanción se debe a la inversión excesiva en la construcción de la Refinería de Cartagena, que no se podrá recuperar según las investigaciones realizadas por la Contraloría durante cuatro años. El daño financiero ocurrió debido a las acciones y omisiones de la junta directiva de Reficar, su administración, contratistas y supervisores del proyecto. Estas personas, en el ejercicio de sus responsabilidades, contribuyeron a la pérdida significativa de recursos públicos, que se convierte en la mayor disminución del patrimonio del Estado colombiano en su historia.
Los exfuncionarios de la empresa involucrados son los expresidentes Reyes Reinoso Yanes y Orlando José Cabrales Martínez, así como los vicepresidentes Carlos Eduardo Bustillo Lacayo, Andrés Virgilio Riera Burelli y Magda Nancy Manosalva.
Los miembros de la junta directiva incluidos son Javier Genaro Gutiérrez Pemberthy, Pedro Alfonso Rosales Navarro, Diana Constanza Calixto Hernández, Henry Medina González, Hernando José Gómez Restrepo, Natalia Gutiérrez Jaramillo y Uriel Salazar Duque.
Los contratistas mencionados son Chicago Bridge & Iron Company Cbi Uk Limited, Cbi Colombiana SA (en liquidación), Foster Wheeler USA Corporation y Process Consultants Inc.
Además, se emitió un fallo condenatorio contra
Felipe Castilla y Orlando Cabrales, expresidentes de la Refinería de Cartagena
SAS, por el delito de celebrar contratos sin cumplir los requisitos legales.
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